September 5, 2024

La reforma a la propiedad en la Ciudad de México no implica riesgo a propiedad privada:

La modificación únicamente hace explícito el hecho de que la protección a la propiedad se rige bajo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La modificación al artículo 3ro de la Constitución de la Ciudad de México, tiene como objetivo homologar el principio de propiedad en los términos del artículo 27 de la Constitución Política Federal.

En la versión anterior de este artículo, inciso A, numeral 2, establecía: “La Ciudad de México asume como principios: (...) el respeto a la propiedad privada (...)”.

Ahora, con la modificación, el texto establece: “La Ciudad de México asume como principios la propiedad en los mismos términos del Artículo27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Es decir, la modificación únicamente hace explícito el hecho de que la protección a la propiedad se rige bajo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece los lineamientos de las constituciones locales. En este sentido, si el derecho está reconocido en la Constitución Federal, no puede eliminarse de la normativa local.

En estos términos, es importante recalcar, que no se está eliminando ninguna garantía a la propiedad privada, no se está desapareciendo el registro público ni se está modificando su normativa, no se está eliminado el catastro ni se están modificando las leyes de expropiación.

Sin embargo, al respecto, ha habido desinformación en los medios y en las redes que han generado mucha incertidumbre y miedo en el público en general y en el sector inmobiliario.

Por nuestra parte, la recomendación es seguir confiando en la propiedad privada en virtud de que, a pesar de la reforma, sigue garantizado este derecho.

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